lunes, 20 de mayo de 2013

Expectativa por fallo de la CC en caso de Ríos Montt

EPEl sábado por la noche, un equipo de técnicos de la Corte de Constitucionalidad (CC) concluyó en revisar los audios, folios y videos de las audiencias efectuadas por el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo que condenó al exjefe de Estado Efraín Ríos Montt, por genocidio y delitos contra deberes de la humanidad. De acuerdo a los magistrados, ello les podría permitir hoy una resolución final sobre el tema.


Aunque la Corte tiene pendiente de resolver 12 acciones entre amparos, inconstitucionalidades y ocursos de queja, este último es el más importante, ya que plantea anular la sentencia de 80 años emitida por el tribunal. El criterio de los magistrados no se puede basar por lo que se ve en televisión, lo que se escucha en radio o se lee en los medios escritos, reiteraron.

El magistrado Roberto Molina Barreto recordó que se han realizado dos sesiones plenarias para tratar el tema, y que mañana si existe satisfacción plena de quienes la integran “podrían” tomar la determinación si se declara con o sin lugar el acto reclamado por la defensa de Ríos Montt.

“Existe la posibilidad de que se dé una conclusión mañana (lunes) o tendrá que discutirse más” refirió el magistrado Alejandro Maldonado Aguirre. Quien agregó que la labor de seguir una secuencia a todo el proceso es similar al trabajo de “carpintería, muy despacio para que las decisiones sean certeras.

Molina Barreto indicó que existen precedentes de muchos casos que han sido anulados, aunque estos no han sido de alto impacto, como el proceso que se lleva contra Ríos Montt y Mauricio Rodríguez Sánchez. Reiteró que una de las funciones de la figura del ocurso de queja, utilizado por las partes y tribunales, es revisar si se cometieron algunos errores en los juicios.

Expectativa

Según fuentes de la CC, los cinco constitucionalistas que conforman el Pleno de Magistrados tienen criterios diferentes en torno a si se debería de confirmar la condena o anular el proceso hasta la audiencia del 19 de abril. Antes de esa fecha, la jueza Carol Patricia Flores ya había anulado el juicio contra ambos militares.

El Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), que se convirtió en querellante en el juicio contra los dos militares, solicitó a la CC ser respetuosa de las resoluciones emitidas por el Tribunal y las Salas de Apelaciones. “Consideramos que se ha sentado jurisprudencia”, indicó el abogado Héctor Reyes.

El jurista, quien manifestó sentirse satisfecho con las resoluciones emitidas, explicó que todos los sujetos procesales, Ministerio Público (MP), la defensa y los querellantes tienen aún varios días para presentar recursos de apelación. Por lo que presentar una acción ante la CC no era el procedimiento adecuado.

El defensor de Ríos Montt, Francisco García Gudiel, insistió en que todo el proceso debe de ser “anulado”, ya que el Tribunal A actuó bajo fraude de ley, y desobedeció una resolución de un juzgado. Detalló que junto con el ex Jefe de Estado se violaron los artículos 32, 54 y 78 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en donde explica que los jueces que emitieron la sentencia cayeron en encausamiento, incumplimiento y desobediencia.

“La Corte tiene suficientes elementos y la autoridad para que se cumpla con la ley, ya que nadie es superior a ella”, declaró García Gudiel. Indicó que los abogados defensores tienen expectativas de que se anule todo el proceso y se ordene la destitución de los que integran el tribunal.

Lo que se conocerá

Una queja interpuesta por Ríos Montt contra el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo, en la que se denuncia que los juzgadores no cumplieron con devolver a Patricia Flores el expediente para que recibiera las pruebas que le fueron rechazadas a los militares durante la primera fase del proceso. Otro es que se destituya de Jazmín Barrios, Pablo Xitumul y Patricia Bustamante, integrantes del Tribunal Primero A, que condenó al militar.

Se agrega a los expedientes una petición de Ríos Montt, en donde solicita a la CC que ordene al tribunal “no dictar sentencia”, hasta que resuelvan otros recursos pendientes, así como una apelación contra el fallo de la Sala Primera de Apelaciones, la que negó un amparo provisional al exjefe de Estado, quién alegó violaciones dentro del juicio.

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